Se otorga al responsable en la comisión del delito imputado una
vez que se le ha condenado en sentencia definitiva a la pena de
prisión por un delito considerado como no grave o cuya pena media
aritmética no exceda de cinco años y además haya cumplido con el
pago de la reparación del daño yen su caso también con el pago de
la sanción pecuniaria a la que fue condenado; por lo que esta
fianza garantiza las presentaciones del sentenciado ante la
autoridad judicial durante todo el tiempo por el cual se la haya
conmutado la pena de prisión por su libertad.